Cuando olvidemos de nuevo qué significa “dación en pago”

“Dación en pago”. Son tres palabras que hace un año y pico no se sabía ni que podían ir juntas. Dación-en-pago. Y ahora, solo 8 meses después del primer desahucio impedido en Madrid, el Gobierno anuncia un código de buenas prácticas para la banca y reformas legales para facilitar esa fórmula. Y hay bancos que ya han dicho que les parece muy bien.
Pero ojo con los trucos de magia: la dación en pago ya existe, no es que el gobierno la vaya a aprobar. Si no, por ejemplo, Anuar y Tatyana no se podrían haber acogido a una dación en pago. Y de hecho no han sido los únicos ni los primeros: otras 20 familias, asesoradas por la Plataforma de Afectados por la Hipoteca, han conseguido esta fórmula en el último año. ¿Entonces qué es exactamente lo que va a aprobar el gobierno, si ya ha dicho que no va a hacer obligatorias las daciones en pago en ningún caso, ni si quiera para las familias más débiles, sin ingresos?
Se habla de bonificaciones fiscales para los bancos que se sumen a este código voluntario. De contraprestaciones para algo que ya es obligatorio en Estados Unidos, en Alemania, en Italia, pero sin hacerlo obligatorio.
El caso de Anuar y Tatyana es un caso simbólico pero también mediático. Y todo lo mediático es pasajero. Y puede que mañana volvamos a no recordar lo que significaba dación en pago. Que salgamos de la crisis y no empaticemos tanto con los problemas de una minoría emprobrecida. Cuando eso ocurra, de nada va a servir un código de buenas prácticas ni una ley que no obligue a nada.
Artículo para el programa Punto de Fuga de la Cadena SER.
Actualización (12/03/2012):
El código de buenas prácticas, al que se adhieren voluntariamente durante dos años las entidades bancarias, es finalmente incluso más vago de lo que se insinuó: la norma afecta a las familias con todos los miembros en paro siempre que paguen por la hipoteca más del 60% de sus ingresos, si no tienen una segunda vivienda y si el valor del inmueble no es demasiado alto (de 150.000 a 200.000 euros). Pero además, si el crédito que no puedes devolver está avalado por alguien, debe acreditarse que ese alguien también pertenece a una familia con todos en paro, ninguna propiedad inmobiliaria más que su primera vivienda y con ingresos inferiores a ese 60% de la cuota.
No hay posts relacionados.
-
http://twitter.com/juanlusanchez/status/175495659347128320/ Juan Luis Sánchez (@juanlusanchez) (@juanlusanchez)
-
http://twitter.com/juanlusanchez/status/175534669847199744/ Juan Luis Sánchez (@juanlusanchez) (@juanlusanchez)
fotografía









